martes, 27 de noviembre de 2012

Perú se ha quedado sin escuela de pilotos


Tras el cierre de la Escuela de Aviación Civil del Perú—EACP, en Collique, el Perú se ha quedado sin una verdadera escuela de pilotos y en la actualidad más de un centenar de pilotos extranjeros, en su mayoría chilenos, son los que pilotan las naves y vuelan sobre el territorio nacional, aseguró el piloto y especialista en temas aeronáuticos, Víctor Girao Alatrista.
 “La Escuela de Aviación Civil era el último bastión de la aviación civil, el último lugar donde los pilotos peruanos civiles podían obtener sus licencias de pilotos, porque todos los aeroclubes han desaparecido y no hay dónde formar pilotos. Por ello existen casi un centenar de pilotos chilenos que vuelan el territorio peruano y muchos de ellos son miembros de la fuerza armada chilena”, aseguró.
 “Quienes tuvimos la oportunidad de tomar exámenes a los pilotos de los aeroclubes para que obtengan sus licencias, que volamos por todo el Perú, y que vimos la gran cantidad de avionetas particulares estacionadas en nuestros aeropuertos, no podemos creer que en la actualidad nuestro parque aéreo civil esté reducido a casi nada y sin posibilidades de recuperarse, ni que no tengamos aeroclubes ni escuelas de aviación civil”, refirió.
 El doctor Girao dijo que en la desaparecida Escuela de Aviación Civil no solamente se forjaron pilotos civiles y comerciales, sino también fue el alma mater de los mecánicos de aviación.
 “Fue tan buena la instrucción y el entrenamiento que pilotos y mecánicos peruanos emigraron y fueron capaces de competir en la industria del transporte aéreo a nivel mundial, eso fue en el pasado, ahora el Perú se encuentra con la carencia de pilotos peruanos, llegando al punto de aceptar la contratación de pilotos y mecánicos extranjeros y esta situación se agravará aún más porque no tenemos una verdadera escuela de aviación civil”, declaró.
Delito a la vista
 “Infortunadamente con el cierre de la Escuela de Aviación Civil de Collique durante el gobierno de Alan García ya no tenemos una verdadera escuela de aviación en el Perú y los jóvenes que quieren estudiar para pilotos tienen que viajar a Bolivia o Argentina”, añadió.
 Precisó que Collique no es del Estado Peruano, en consecuencia, al venderlo se cometió delito de estelionato tipificado en el inciso 4 del Artículo 197 del Código Penal, pero también configura el delito de estafa tipificado en el Artículo 196 del Código Penal.
 Urgente segunda pista

Girao considera necesario que se construya cuanto antes la segunda pista de aterrizaje en el aeropuerto Jorge Chávez, pues actualmente se encuentra al tope.
 Aseguró que debido a que tiene una sola pista de aterrizaje, nuestro aeropuerto actualmente tiene un flujo de vuelo de un avión cada tres minutos o 20 vuelos por hora, cuando el promedio mundial es de un vuelo cada un minuto o 60 vuelos por hora.
El dato
 El especialista en temas aeronáuticos dijo que es un peligro que pilotos extranjeros vuelen el territorio peruano y advirtió que en caso de un conflicto con algún país vecino, estos pilotos podrían retornar a sus países y dejar al Perú sin pilotos y por lo tanto sin capacidad de respuesta aérea comercial.


 Delito de Estelionato:
La doctrina en general define al estelionato como el fraude o engaño en los contratos. Es el acto, también, de ceder, vender o empeñar una cosa ya cedida, vendida o empeñada, como ocultación dolosa del acto jurídico anterior, llevados a cabo por una misma persona. Asimismo como el despojo injusto de la propiedad ajena a cualquier engaño, sin otro nombre determinado, en convenciones y actos jurídicos.
 Asimismo el agravante de haber gravado, como bienes libres, los que ya están vendidos con anticipación, tratándolos como propios cuando en la práctica ya son ajenos.
 En el Perú, dicho delito se encuentra tipificado en el artículo 197 inciso 4 del Código Penal y es muy común su práctica por parte de inescrupulosos empresarios inmobiliarios que vuelven a vender lo ya vendido, y muchas veces el Ministerio Público no considera delito dicho acto declarando no ha lugar a la formalización de la denuncia penal, por considerarlo erroneamente que corresponde al ámbito civil, por cuanto obviamente deriva de una relación contractual.

ESTAFA

Definiciones

El delito de estafa consiste en el empleo de artificio o engaño, a fin de procurar para sí o para terceros un provecho patrimonial en perjuicio ajeno.
 El delito de estafa es una forma de defraudación, vale decir, la defraudación en el género y la estafa, una de sus modalidades típicas.
 En suma, la estafa es la conducta engañosa, con ánimo de lucro injusto, propio o ajeno, que habiendo determinado un error en una o varias personas, les induce a realizar un acto de disposición, consecuencia del cual en un perjuicio en su patrimonio o en el de un tercero.
 Por otra parte debemos citar a MUÑOZ CONDE "Que sobre la estafa define, que lesiona, al mismo tiempo, la buena fe o las relaciones fiduciarias que surgen en el tráfico jurídico. Normalmente se espera que se cumplan las obligaciones contraídas y que sí, por ejemplo, se compra un kilo de pan sea efectivamente un kilo y, además, de pan. Pero si la sustancia o cantidad del objeto comprado no corresponde a lo pactado, se frustra una legítima expectativa que debe ser protegida de algún modo, para asegurar y garantizar un normal tráfico económico. Ahora bien aunque la finalidad político-criminal perseguida con la tipificación del delito de estafa sea ésta, el delito como tal se castiga en tanto lesiona un derecho patrimonial individual. Este contenido patrimonial de la estafa no debe ser olvidado, para no castigar indebidamente hechos que frustran expectativas de comportamiento en el tráfico jurídico económico, pero que no producen perjuicios económicos para nadie en concreto.

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